Información fiscal de Mutual Médica para tu campaña Renta 2022

Te contamos todas las claves para que tengas claro cómo declarar tus seguros de Mutual Médica en esta campaña IRPF 2022.

Mutual Médica · 31/03/23 · 4 min

Un año más, llega el momento de presentar el IRPF y desde Mutual Médica queremos que nuestros mutualistas tengan toda la información fiscal necesaria para que este trámite sea lo más fácil posible.

Ten en cuenta que una cosa son las novedades del 2023, que te contaremos en otro momento (así, por ejemplo, el nuevo RETA por tramos de rendimientos y la nueva reducción en base imponible de hasta 4.250Eur para médicos que trabajen por cuenta propia). Pero esto aplica a partir de enero 2023, y ahora nos toca concentrarnos en la declaración del IRPF 2022. Así, tanto si únicamente tienes aportaciones a Mutual Médica como si también has cobrado algo durante 2022, este artículo te interesa porque te vamos a contar cómo declarar los seguros de Mutual Médica en tu IRPF.

¿Cómo se desgravan las aportaciones en la campaña de la renta?

Las primas que has pagado a Mutual Médica durante 2022 pueden tener hasta un 100% de desgravación en tu IRPF. En qué casilla de la declaración consignarlo y con qué límite, dependerá de si utilizas tu mutualidad como alternativa al RETA o no.

Si tienes el producto MEL

Si Mutual Médica es tu alternativa al RETA (tienes el producto MEL), recuerda que las primas de tus seguros pueden considerarse un gasto deducible de tu actividad. No te olvides de consignarlos en la casilla correspondiente de la declaración, concretamente en la 186, “Seguridad Social a cargo de la empresa” (en nuestra web encontrarás un apartado específico con información fiscal en el que te indicamos exactamente dónde) o en la casilla 206 (otros conceptos fiscalmente deducibles) pero es importante enfatizar que solo se debe rellenar una de las dos casillas. Hay un límite máximo de gasto, ¡eso sí! Como si fueran las cuotas del RETA, y para el año 2022 este límite era de 14.057Eur.

Si no tienes el producto MEL

Si no tienes el MEL, Mutual Médica tiene igualmente ventajas fiscales para ti. Nuestros seguros de jubilación, vida e incapacidad pueden beneficiarse de una reducción de la base imponible del IRPF, igual que los planes de pensiones

Y si además he cobrado algún importe de Mutual Médica este 2022… ¿Cómo lo declaro?

En el caso de que hayas recibido prestaciones de Mutual Médica a lo largo de 2022, tienes que saber que la forma de declararlas en tu IRPF dependerá del tratamiento fiscal que el seguro ha tenido para ti. Así, si las primas de Mutual Médica han sido deducibles (como gasto de la actividad o bien como reducción en base imponible), lo que cobres de tu mutualidad tendrá la consideración, en el IRPF, de rendimientos del trabajo; como si cobraras cualquier prestación de la Seguridad Social. En cambio, si nunca te has desgravado los seguros de Mutual Médica, lo que cobres tributará como rendimientos del capital mobiliario (en este caso, como si fuera un producto financiero cualquiera), aunque tienes que tener en cuenta que las prestaciones por ILT son una excepción a esta norma general y no tributan como rendimientos del capital mobiliario sino como ganancias de patrimonio.

Te ayudamos para saber cómo declarar tus seguros y te recordamos el calendario de la Renta 2022

Pero no tienes que preocuparte si tienes alguna duda sobre todo lo que te hemos explicado. En Mutual Médica somos especialistas en la previsión social del médico y sabemos que estas cuestiones fiscales pueden ser complicadas. Por eso, puedes obtener más información sobre la campaña de la renta 2022, ponerte en contacto con su asesor comercial o llamar al teléfono 900 82 88 99 o plantearnos cualquier otro tipo de consulta por email a fiscal@mutualmedica.com.

Te recordamos las fechas más importantes de esta campaña:

En primer lugar, entre el 11 de abril y el 30 de junio se pueden presentar por internet las declaraciones de la renta y del patrimonio 2022. Entre el 5 de mayo y el 30 de junio, la Agencia Tributaria realizará la declaración de la renta por teléfono de todas aquellas personas que lo soliciten. Para terminar,del 1 al 30 de junio es el plazo en el que la Agencia Tributaria puede confeccionar la declaración de la renta presencialmente en sus oficinas.

Y por último, decirte que en tu Área Mutualista tienes un documento preparado específicamente para ti explicándote qué importes te puedes desgravar y otro para los pagos de prestaciones que hayas recibido. Como novedad este año, ya no generamos las cartas en papel que tradicionalmente se enviaban a todos los mutualistas; recibirás un mail recordándote que ya tienes la información fiscal y que te remitirá a las comunicaciones disponibles en el apartado “MI CARPETA” dentro del Área Mutualista.

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