Ventajas fiscales para médicos
Invierte en tu futuro con rentabilidad garantizada, beneficios fiscales y deducciones en tu próxima declaración de la renta
¿Qué tratamiento fiscal tienen mis seguros?
Puedes obtener hasta un 100% de desgravación fiscal de las primas que pagas a la mutualidad. Respecto a la fiscalidad de las prestaciones, depende del tratamiento fiscal de las primas. Consúltalo en detalle a continuación.
*De acuerdo con la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.).
**Puedes consultarlo también en el artículo 30 de la Ley 35/2006, el artículo 51 de la Ley 35/2006 y su disposición adicional 9ª.
¿Cómo introducir mis datos en la Declaración de la Renta?
¿Cómo reducir el 40% al cobrar mi seguro?
Si tienes prestaciones de Seguros de Jubilación y otros sistemas de previsión social pendientes de cobro, y proceden de aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006, podrás aplicar la Disposición transitoria XXIIª de la Ley del IRPG y beneficiarte de la reducción del 40 % por prestaciones cobradas en forma de capital (pago único). La anterior reducción del 40% se puede aplicar en el ejercicio de la contingencia y en los dos siguientes (jubilación, invalidez, enfermedad grave o paro de larga duración).
Contacta con nuestros asesores si necesitas más información o para resolver dudas. Por teléfono: 900 82 88 99. Visita nuestras oficinas
Casilla 0195
Casilla 0465
Aquí van las primas reducibles en la base imponible hasta 1.500€ (PPAs, seguros de jubilación, etc.). Usa el importe del apartado 1.b) de tu información fiscal. Este dato lo carga automáticamente Hacienda.
Casilla 0499
Casilla 001
Para prestaciones que tributan como rendimientos del trabajo. Hacienda ya tiene estos dastos, incluyendo las retenciones aplicadas.
Casilla 0032
Para prestaciones que se consideran rendimientos del capital mobiliario. HAcienda ya tiene estos datos y sus retenciones.
Casilla 0304
¿Por qué en el borrador aparecen 1.500€ y no la aportación real que hice a Mutual Médica?
Mutual Médica solo puede comunicar a Hacienda los importes reducibles en la base imponible (hasta 1.500€ para todos los mutualistas y hasta 4.250€ adicionales para autónomos). No podemos comunicar las aportaciones del Producto MEL como gasto de actividad (hasta 16.030,82€ en 2024) porque Hacienda no tiene un mecanismo para recibir esta información. Si declaras el gasto del MEL completamente en la casilla 0195, debes eliminar los 1.500€ que Hacienda ha cargado automáticamente en la casilla 0465 o 0499, si estos provienen también del MEL.