Continúa aportando con la tranquilidad de saber que tu jubilación está bien planificada

Con el Plan de Previsión Asegurado, obtendrás un 1,70% de rentabilidad bruta anual del capital que traspases. La jubilación hay que disfrutarla. Te lo garantizamos:

  • Sin asumir riesgos, sin volatilidad. Házlo estable, un plan seguro y sin incertidumbres. 
  • Aportaciones periódicas al 2,20% de interés bruto anual y aportaciones únicas al 1,70% de interés bruto anual 

¿Quieres traspasar tu plan de pensiones o de previsión? Quieres seguridad, sin renunciar a la rentabilidad?

Empieza hoy y planifica tu futuro con tranquilidad. Conoce ahora el capital que habrás acumulado
para tu jubilación: obtén un interés técnico bruto anual para aportaciones periódicas del 2,20%
y para aportaciones únicas del 1,70%.   
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Ventajas del Plan de Previsión Asegurado 

Imagen principal coberturas seguro

Rentabilidad garantizada

Para aportaciones periódicas tu capital crecerá al 2,20% de interés técnico bruto anual y para aportaciones únicas al 1,70% de interés técnico bruto anual. 

Ahorro fiscal

Reducción de hasta 1.500 € en la base imponible. 

Flexibilidad en el cobro

Tu decides cómo quieres cobrar tu jubilación: en forma de capital o renta. Disfrutarás de una renta creciente anualmente y que cobrarás mensualmente.

Participación anual en beneficios

Al capital contratado se le sumará una rentabilidad adicional

Solicitar más información

Preguntas frecuentes

Todos los Seguros de Jubilación se pueden empezar a cobrar desde el momento de la jubilación. No obstante, la normativa establece unos supuestos de liquidez o cobro excepcionales como son los siguientes (excepto los seguros vinculados al Seguro MEL, alternativa al RETA, que solo se podrán rescatar en caso de Jubilación): en caso de Incapacidad Absoluta, por una enfermedad grave y cuando se está en una situación de paro de larga duración.

No. El Seguro de Jubilación es un seguro de capitalización, por lo que el capital calculado a los 70 años está basado en la premisa de haber realizado aportaciones hasta justo esa misma edad. Si deseas percibir el Seguro de Jubilación a partir de los 65 años, el cálculo del capital garantizado se efectuará en base a las aportaciones realizadas hasta esa edad en concreto.

Los Seguros de Jubilación de Mutual Médica pueden cobrarse en forma de capital, en forma de renta o una combinación de ambas. 

En el supuesto de cobrar el Seguro de Jubilación en forma de renta y de producirse la defunción del mutualista, el capital restante formará parte de la masa hereditaria y se repartirá entre los herederos legales o según hayas dispuesto en el testamento.

Muchos médicos jubilados del Régimen General de la Seguridad Social compatibilizan hoy en día el cobro del 100% de su pensión con el ejercicio por cuenta propia de la actividad de asistencia médica utilizando Mutual Médica como alternativa al RETA. Se trata de una ventaja más del carácter privado de la cobertura que ofrece la mutualidad de los médicos (además de no sumarse al tope máximo de pensión pública a cobrar).
Así, una vez alcanzada la condición de pensionista, los médicos pueden seguir haciendo aportaciones a los seguros de Mutual Médica para cubrir las contingencias de jubilación, muerte, invalidez y dependencia, que son desgravables en el IRPF con los mismos límites y condiciones que las aportaciones a planes de pensiones y planes de previsión social asegurados (PPA).