¿Cómo afecta el cambio de normativa del Régimen de Trabajadores Autónomos a las cuotas del MEL?

Leticia Llobet François · 02/11/23 · 5 min

A partir de 2023, el sistema de cotización para los trabajadores autónomos ha experimentado un cambio significativo. Antes, teníamos la libertad de elegir las bases de cotización, sin importar los ingresos. Sin embargo, ahora las bases de cotización se determinan en función de los rendimientos netos anuales. Esto significa que ya no es posible escoger libremente la base de cotización, ya que ésta viene determinada por los ingresos.

Para todos aquellos mutualistas que han optado por el seguro MEL como alternativa al RETA, es esencial asegurarse de que las cuotas cumplen con los requisitos establecidos en la nueva normativa. Esto significa que las cuotas del MEL pasan a calcularse sobre la base de los rendimientos netos profesionales y no pueden ser inferiores al 80% de lo que un profesional pagaría si estuviera dado de alta en el RETA por su actividad por cuenta propia.

Esto significa que, en algunos casos, la cuota MEL requerirá de un ajuste, lo que implica también una mayor cobertura para el momento de la jubilación.

A través del siguiente enlace, podrás acceder a tu Área Mutualista y regularizar tu cuota MEL según la normativa vigente.

A continuación, respondemos a las preguntas más frecuentes entorno a esta regularización:

 ¿En qué consiste el nuevo sistema de cotización del RETA?

El 1 de enero de 2023 entró en vigor el nuevo sistema de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en España.

Anteriormente, los trabajadores autónomos tenían la libertad de elegir su base de cotización, independientemente de sus ingresos. Sin embargo, con el nuevo RETA, esta flexibilidad ya no es posible.

Ahora, la base de cotización se determina en función de los ingresos netos mensuales del autónomo, de acuerdo con las tablas de cotización establecidas por la Seguridad Social. Por lo que los autónomos tienen que ajustar la cuota de acuerdo a las nuevas regulaciones.

Así es como el colectivo de autónomos que ya estaban en el RETA en 2022 tienen todo el año 2023 para regularizar sus cotizaciones en función de sus rendimientos netos mensuales. Esto significa que tendrán que ajustar sus cuotas de acuerdo con las nuevas normativas vigentes.
 

¿Estoy obligado/a a informar a Mutual Médica de mis rendimientos netos mensuales? ¿Qué implicaciones negativas habrá si no adapto mi cuota del MEL a la normativa vigente?

No existe propiamente una obligación legal de declaración de los rendimientos netos a las mutualidades de previsión social alternativas al RETA, pero sí una obligación de verificar que el profesional está pagando, al menos, el 80% de lo que pagaría en el RETA teniendo en cuenta su nivel de rendimientos netos mensuales.

Hay que tener en cuenta que Hacienda dispondrá de información de los rendimientos netos y los pagos realizados como cuotas de la alternativa al RETA. Si el MEL no cumple con el mínimo exigible del 80% de las cuotas del RETA, la Administración podría poner en cuestión la validez de la alternativa, pudiendo incluso llegar a provocar un alta de oficio en el RETA.

¿Y si mis cuotas en Mutual Médica son superiores al 80% de lo que un profesional con mi nivel de rendimientos netos pagaría en el RETA?

Eso no supone ningún problema porque la regulación vigente permite la contratación de coberturas superiores a las mínimas obligatorias. De hecho, este es el caso para la mayoría de los médicos que han optado por el MEL, porque la cobertura alternativa al RETA de Mutual Médica es una cobertura muy completa, que garantiza al médico un mínimo de ingresos en caso de no poder ejercer la medicina por causa de una incapacidad en cualquier grado (desde una ILT hasta una invalidez permanente) y se completa con aportaciones a la jubilación que consolidan año a año un ahorro garantizado con un tipo de interés técnico mínimo (más una participación en beneficios).

Así, si estás pagando un poco más de lo que, estrictamente, sería el 80% de tu cuota en el RETA, es porque en tu caso las coberturas contratadas supondrán una mejora en tus prestaciones de incapacidad temporal, invalidez, jubilación etc. Y todo ello, además, con un 100% de desgravación en el IRPF. 

¿Por qué mi edad afecta estar en un tramo u otro?

El coste del seguro MEL se calcula en el momento de la contratación en base a distintos factores, entre ellos la edad, que implica que a mayor edad incrementa la prima de las coberturas de incapacidad.

¿Mis aportaciones al MEL, seguirán siendo deducibles en el IRPF?

Sí, este cambio normativo no afecta a la fiscalidad de los seguros de Mutual Médica. Con el MEL contratado puedes seguir obteniendo hasta un 100% de desgravación de las primas que pagas a tu mutualidad hasta el límite de gasto deducible. Cada año, podrás consultar dichos límites en nuestra página web.

¿Cómo puedo estimar mis rendimientos netos? ¿Cómo se calcula?

Con carácter general, los rendimientos se calculan sumando todos los ingresos menos los gastos. Puedes consultar tu última declaración del IRPF presentada para obtener esta información. 

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