Sigue adelante, incluso cuando no puedas seguir ejerciendo tu especialidad y necesites replantear tu futuro
Un capital en caso de que no puedas seguir ejerciendo tu especialidad médica o trabajo habitual de manera permanente, por enfermedad o accidente.
- Tipología de prestación: Capital
- Cobertura mínima: 6.000€
- Cobertura máxima: 600.000€
- Duración: Hasta los 65 años
- Edad de contratación: Hasta los 55 años
Solicita tu cuota en menos de un minuto
Conoce las ventajas y sus características
Cubre tu especialidad o actividad médica habitual
Fiscalidad
Tú eliges tu cobertura
Flexibilidad
Incapacidad Profesional te cubre en los siguientes casos:
Cubre específicamente la especialidad o actividad médica habitual
Por cualquier causa
Por causa de accidente
Limitaciones y sus periodos de carencia:
Para tener derecho a las prestaciones que ofrece este seguro, deberán haber pasado tres meses desde el momento de la contratación, salvo que la incapacidad derive de accidente (en cuyo caso no hay carencia).
Las patologías que el asegurado haya declarado en el momento de la contratación y/o ampliación, podrán excluirse de la cobertura contratada, previa aceptación por parte del asegurado, o bien conllevar la aplicación de un incremento adicional de las cuotas.
¿Qué no está asegurado?
Cuando la IPP sea consecuencia de siniestros derivados de actividad engañosa del tomador o del asegurado.
Negación por parte del asegurado a someterse a las exploraciones que proponga Mutual Médica a efectos de conocer su estado de salud y poder determinar, en su caso, el grado de incapacitación.
Siniestros causados voluntariamente por el asegurado.
Lesiones que sobrevengan al asegurado en estado de enajenación mental, de embriaguez o por consumo de estupefacientes no prescritos médicamente.
Consecuencias de la reacción a la radiación nuclear o a la contaminación radioactiva.
Consecuencias de un acto de imprudencia temeraria o negligencia grave del asegurado.
Consecuencias producidas por la práctica de deportes de riesgo o con carácter profesional.
Las consecuencias derivadas de las demostraciones acrobáticas y competiciones que requieran la utilización de vehículos a motor.
Preguntas frecuentes
Protege tu carrera médica con nuestras soluciones de protección profesional
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Preguntas frecuentes
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Header
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GUARDIAS |
INVALIDEZ
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INCAPACIDAD
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Descripción
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¿No puedes realizar tu guardia debido a cualquier imprevisto por accidente o enfermedad? |
Si enfermas o tienes un accidente, que tu única preocupación sea recuperarte
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Sigue adelante, incluso cuando no puedas seguir ejerciendo y puedas afrontar y replantear tu futuro
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Pago de la prima
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Periódica
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Periódica
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Texto
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Protección
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Incapacidad laboral temporal
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30 primeros días de baja: Incapacidad laboral temporal A partir del día 31 de baja: Incapacidad profesional permanente e Invalidez absoluta y permanente |
Incapacidad profesional permanente |
Cobertura
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Hasta los 70 años
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Hasta los 70 años
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Hasta los 70 años
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Cobro de la prestación
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Renta
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Renta
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Capital
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