La tranquilidad de proteger tus ingresos a partir del día 31 de baja
Garantiza una renta mensual en los casos de incapacidad física o psíquica evidente por el ejercicio de la profesión médica, debido a una enfermedad, complicaciones de la gestación o accidente.
- Periodicidad de la renta: Mensual
- Cobertura mínima: 300€/mes
- Cobertura máxima: 3.000€/mes
- Duración: Hasta los 65 años
- Edad de contratación: Hasta los 60 años
Calcula tu cuota en menos de un minuto
Conoce las ventajas y sus características
Seguridad económica
Fiscalidad
Amplias coberturas
Flexibilidad
30 Primeros Días te cubre en los siguientes casos:
Incapacidad física derivada de enfermedad o accidente
Incapacidad derivada de trastornos o enfermedades mentales
Incapacidad derivada de entidades nosológicas
Complicaciones de la gestación y riesgos durante el embarazo
Nacimiento y cuidado de un menor
Nacimiento o adopción o acogida
Defunción del cónyuge, pareja de hecho de un familiar de primer grado
Hospitalización
En pandemia, ser persona de riesgo por gestación y las bajas derivadas de una cuarentena
Incapacidad Laboral te cubre en los siguientes casos:
Incapacidad física derivada de enfermedad o accidente
Incapacidad derivada de trastornos o enfermedades mentales
Incapacidad derivada de entidades nosológicas
Complicaciones de la gestación y riesgos durante el embarazo
Nacimiento y cuidado de un menor
Limitaciones y sus períodos de carencia:
Existen restricciones excepto por causa de accidente.
En el caso de baja por gestación, nacimiento de un hijo, adopción o acogida tendrá que haber transcurrido un periodo mínimo de 8 meses entre la fecha de inscripción o ampliación de coberturas y la fecha de inicio de la gestación/ fecha de la resolución por la cual se apruebe la adopción o acogida. Además, la prestación por permiso por nacimiento y cuidado de un menor está limitada, en cualquier caso, a un máximo de 1.000€.
Para el resto de enfermedades, tendrán que haber transcurrido 2 meses.
¿Qué no está asegurado?
Los estados patológicos contraídos antes del ingreso en Mutual Médica, o anteriores a cualquier ampliación de la cobertura, cuando sean la causa de invalidez.
Los casos en que la percepción de la prestación lleve implícito engaño o fraude.
Los casos en que el asegurado deje de someterse a las disposiciones, prácticas y exploraciones que sirvan para aclarar cuál es su estado de salud.
Los procesos patológicos en los que la ingestión de drogas o bien dependencia alcohólica hayan incidido de una manera directa.
Las consecuencias, en general, de supuestos extraordinarios (guerra, invasión, hostilidades (rebeliones, revolución, insurrección, y actos de terrorismo) así como las consecuencias directas o indirectas de reacción o radiación nuclear o contaminación radioactiva.
Las consecuencias producidas por la práctica de deportes de carácter profesional o por demostraciones acrobáticas y competiciones con vehículos a motor, así como la consecuencia que se derive de la práctica de vuelos en aparatos que no poseen un certificado de navegación o no estén homologados, los vuelos en ala delta, ultraligeros y parapente.
En caso de pandemia, no cubre los periodos de cuarentena.
Preguntas frecuentes
Protege tu carrera médica con nuestras soluciones de protección profesional
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Preguntas frecuentes
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Header
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GUARDIAS |
INVALIDEZ
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INCAPACIDAD
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Descripción
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¿No puedes realizar tu guardia debido a cualquier imprevisto por accidente o enfermedad? |
Si enfermas o tienes un accidente, que tu única preocupación sea recuperarte
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Sigue adelante, incluso cuando no puedas seguir ejerciendo y puedas afrontar y replantear tu futuro
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Pago de la prima
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Periódica
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Periódica
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Texto
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Protección
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Incapacidad laboral temporal
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30 primeros días de baja: Incapacidad laboral temporal A partir del día 31 de baja: Incapacidad profesional permanente e Invalidez absoluta y permanente |
Incapacidad profesional permanente |
Cobertura
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Hasta los 70 años
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Hasta los 70 años
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Hasta los 70 años
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Cobro de la prestación
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Renta
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Renta
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Capital
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