¿Qué pasa con el paro si me doy de alta cómo autónomo?
Mutual Médica · 16/08/24 · 3 min
Son muchas las personas que se preguntan qué pasa con el paro si te das de alta como autónomo. Lo cierto, es que en 2024 es posible cobrar el paro e iniciar un trabajo por cuenta propia. Aunque antes no se podía, las nuevas medidas de apoyo al emprendimiento sí lo hacen posible. Descubre cómo gestionarlo y los requisitos a cumplir.
¿Se puede compatibilizar paro y autónomo?
Recientemente se han llevado a cabo diversas leyes como la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, para incentivar el autoempleo. Es decir, que más personas se den de alta como autónomo.
Una de las medidas estrella es la compatibilización de la prestación por desempleo con el alta como autónomo. Ahora es posible usar el tiempo de paro para emprender e incluso recuperar el desempleo pendiente dentro de un plazo ampliado de 5 años desde que te das de alta como autónomo.
Es un gran avance para los autónomos, porque aunque antes se perdía el derecho a cobrar el paro, ahora se puede solicitar el paro en un pago único o mientras inicias tu actividad por cuenta propia, para asegurarte un mínimo de ingresos y que más gente se anime a emprender y montar su propia actividad.
¿Durante cuánto tiempo se puede cobrar el paro si me doy de alta como autónomo?
El máximo es de 9 meses o 270 días o bien el tiempo inferior que quede pendiente de percibir. Siempre y cuando se solicite dentro de un plazo de quince días debe darse de alta como autónomo.
En ese caso, se percibe el 100% del paro con descuento del IRPF y sin deducción de cotización a la Seguridad Social.
Esto sí, se permite ser autónomo y cobrar el paro, pero no se podrá hacer también un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial o completo, o estar en situación de pluriactividad. Digamos que, no se puede compatibilizar todo a la vez.
¿Se puede ser autónomo, cobrar paro y acogerse a la tarifa plana?
Por supuesto. Una cosa no quita a la otra. Un autónomo que se dé de alta puede acogerse a la bonificación en la cuota de la tarifa plana independientemente de que esté cobrando el paro. No tiene que ver. Simplemente, habrá que pedirlo en el momento del alta.
¿En qué casos no se puede cobrar el paro siendo autónomo?
Hay varias excepciones como recoge el artículo 33 de la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo. En estos casos no se podrá compatibilizar con el paro:
- El último trabajo ha sido de autónomo.
- Ya has disfrutado de esta medida en los 24 meses anteriores al alta como autónomo.
- Ya recibiste un pago único o la capitalización del paro en los 24 meses anteriores al alta como autónomo.
- Si te das de alta como autónomo pero tienes un contrato para hacer el trabajo con tu antiguo empleador, al que le prestaban los servicios justo antes de iniciar el paro.
- Si te das de alta para incorporarte como socio a una Sociedad Mercantil.
¿Se puede reanudar el cobro del paro tras ser autónomo?
Otra buena noticia es que es posible cobrar el paro incluso después de ser autónomo, tras darse de baja. Hay varios casos que pueden darse:
- Para reanudar el cobro del paro por el tiempo que hayas trabajado por cuenta ajena deberás volver a trabajar por cuenta ajena y quedar en paro. Se tiene en cuenta lo cotizado en los 6 años anteriores.
- Si has cobrado el paro tras cesar el trabajo por cuenta ajena y luego lo suspendiste para ser autónomo, podrás reanudarlo si cesas la actividad y si fuiste autónomo por menos de 24 meses.
- Si trabajaste de autónomo entre 24 y 60 meses podrás reanudar la prestación por desempleo.
- Sí, los autónomos tienen paro. Si pones fin a tu negocio también tendrás derecho al paro del autónomo, siempre y cuando cumplas los requisitos. También podrás cobrar lo restante que quedó suspendido o bien lo nuevo generado.
¿Te ha quedado alguna duda sobre la situación de autónomo y el paro? Ten en cuenta que estas condiciones pueden cambiar de un momento a otro, por lo que es importante estar al día de cualquier novedad. Desde Mutual Médica también te recomendamos el MEL como alternativa a la RETA.
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