Mejora de las coberturas del Seguro de Incapacidad Laboral, en vigor desde el 1 de enero de 2023

La ampliación de la prestación por nacimiento o cuidado de un menor hasta las 16 semanas y la inclusión de las enfermedades mentales que deriven en una baja laboral son las nuevas coberturas del Seguro de Incapacidad Laboral Temporal.

30 dic 2022 · 3 min

El 1 de enero de 2023 entran en vigor mejoras importantes de las coberturas del Seguro de Incapacidad Laboral.

 

La mutualidad de los médicos aprobó estas mejoras en la Asamblea General de Mutualistas celebrada el pasado 14 de junio, lo que ha quedado reflejado en los reglamentos correspondientes al Seguro de Incapacidad Laboral Temporal, que entran en vigor el próximo 1 de enero de 2023:

 

  • Ampliación de la prestación por descanso por nacimiento o cuidado del menor, adopción o acogida (relativo al permiso paternal) hasta un máximo de 16 semanas.

 

  • Inclusión de trastornos y enfermedades mentales, así como entidades nosológicas sin pruebas diagnósticas objetivables y que deriven en una incapacidad temporal. Anteriormente estas patologías estaban cubiertas a partir del momento en que se reconocida la invalidez permanente y absoluta. La prestación por uno o varios procesos de incapacidad temporal derivados de estas patologías se abonará por un periodo máximo de 30 días en la póliza de 30 Primeros Días y por un periodo máximo de 60 días con la póliza de Invalidez, por anualidad. Con un máximo de tres periodos de 30 días en diferentes anualidades durante toda la vida como mutualista en la póliza de30 Primeros Días y con un máximo de tres periodos de 60 días de baja en diferentes anualidades durante toda la vida como mutualista en la póliza de Invalidez.

 

Además, se incluye la obligación del pago de las primas, incluso en caso de declaración de una IPA (incapacidad permanente absoluta), pero se establece que estas primas serán abonadas por parte de Mutual Médica a partir de la anualidad siguiente a la resolución de la IPA, convirtiéndose en gratuitas para el mutualista.

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