Seguro de Orfandad para médicos
Seguro de Orfandad
RENTA MENSUAL POR DEFUNCIÓN
Seguro de Orfandad: garantiza una pensión de orfandad para tus familiares
Asegúrate de que los planes para tus hijos se cumplan aunque tú faltes, con un seguro que les proporciona
una renta mensual hasta que cumplan 24 años. Primer año gratuito si acabas de ser papá o mamá gracias al
Premio Natalidad.
¿Qué es el Seguro de Orfandad?
Un seguro que garantiza una renta mensual a tus hijos hasta los 24 años en el
caso de Defunción o Invalidez Permanente Absoluta.
¿Puede interesarme?
Si deseas que tus hijos dispongan de recursos económicos para vivir
y estudiar con tranquilidad incluso si tú no puedes estar ahí.
¿Qué coberturas me ofrece el Seguro de Orfandad?
El Seguro de Orfandad concentra las siguientes coberturas:
Renta mensual para tus hijos hasta los 24 años, en caso de defunción o invalidez permanente absoluta del asegurado.
Para hijos con un grado de discapacidad reconocido superior al 65%, renta hasta los 30 años.
Y muchas otras ventajas
Desgravación fiscal de hasta el 100%
Cuotas constantes
Durante toda la vigencia del contrato.
¿Qué más necesito saber?
No, el Seguro de Orfandad de Mutual Médica no sólo prevé el cobro de la prestación en caso de fallecimiento del mutualista, sino que también prevé cubrir el beneficiario (hijo) en caso de que el asegurado (mutualista) quede en situación de incapacidad absoluta y permanente.
En el Seguro de Orfandad la prima o cuota se calcula independientemente de la edad del asegurado (mutualista) y del beneficiario (hijo), por lo que la prima se mantiene constante a lo largo de la duración de todo el contrato, salvo que se quiera ampliar la cobertura.
Una vez recibida la documentación y verificados los beneficiarios -consultad "Cómo se tramita una prestación" -, si tributa por IRPF -cuando las aportaciones han sido objeto de desgravación por parte del mutualista-, el pago se efectuará por transferencia bancaria a la cuenta de los beneficiarios, y si tributa por sucesiones -cuando las aportaciones no han sido objeto de desgravación fiscal por parte del mutualista-, facilitaremos un certificado a los beneficiarios con el resumen de los capitales que han de cobrar, para que puedan liquidar el impuesto de sucesiones. Cuando recibimos el comprobante de la liquidación de este impuesto, se hará la transferencia bancaria correspondiente. El pago se efectuará de acuerdo con la cobertura contratada y al porcentaje que le corresponde como beneficiario.
¡Es el Seguro que estaba buscando!
Puedes contratar el Seguro aquí mismo. Y como sabemos que tu familia es lo más
importante para ti, te ofrecemos la posibilidad de hablar con alguno de nuestros asesores:
O si lo prefieres, déjanos tu número y te llamamos
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